26/10/10
5/10/10
4/6/10
Genes y propiedad intelectual
CÉSAR PAZ Y MIÑO cpazymino@telegrafo.com.ec
El Ecuador está tomando en serio la problemática y los laberintos legales de la propiedad intelectual. En la reunión sobre este tema, el IEPI (Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual) y el OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) trataron sobre las fórmulas que debemos adoptar los países como el nuestro para evitar el biopirateo y proteger nuestra megadiversidad, incluida la genética y la humana. La meta es tener una Ley de Conservación y Protección de los Conocimientos Colectivos, Saberes Ancestrales y Expresiones Culturales Tradicionales de Nacionalidades y Pueblos Indígenas, Montubios, Afroecuatorianos, y de Comunas y Comunidades del Ecuador.
“Los propios investigadores ingenuos, los pueblos engañados, transfieren datos valiosos”
“Hoy las naciones desarrolladas vienen a nuestros países, toman los recursos biológicos y genéticos asociados a los conocimientos tradicionales, van a las comunidades y piden información a cambio de nada y, en muchos de los casos, se llevan esos conocimientos y los patentan”. Así definió la biopiratería el representante del IEPI. Sabemos pues, de quiénes debemos protegernos. Y muchas veces los propios investigadores ingenuos, los pueblos engañados, las instituciones poco éticas, transfieren datos valiosos.La propiedad intelectual pretende que se establezcan sistemas de leyes que protejan las creaciones del intelecto humano; es decir, sobre los bienes intangibles (cambios basados en el conocimiento que generen valor). Una ley de propiedad intelectual debería otorgar derechos exclusivos de usufructo a su dueño natural, sin restricción de territorialidad y con un período de vigencia (ya existe de 20 años).El problema, desde la perspectiva de los investigadores de países como Ecuador, es que no hemos aprendido a vivir en un sistema de lucro de la propiedad intelectual (patentes, protección industrial, marcas registradas, etc.); somos presas fáciles de quienes sí saben hacerlo y aprovechan nuestra debilidad. El otorgamiento de derechos de exclusividad y la territorialidad sobre recursos biológicos y genéticos son mañosamente utilizados en función de ganancias financieras, en detrimento de la soberanía de los países. El sistema de protección de propiedad intelectual está organizado de forma perversa, con intríngulis legales complejos que ponen en desventaja a los pueblos pobres o sus conocimientos.Un producto patentado y obtenido por biopirateo debería ser sujeto de revocatoria inmediata de la patente e indemnizaciones. Debe replantearse la táctica de la territorialidad, por la cual, la propiedad intelectual puede ser patentable en un país, pero no en otro, llegando incluso a privar del uso del conocimiento al país originario de un determinado bien. Esto, aunque puede ser legal, es inmoral. La Ley y el conocimiento nos permitirán defendernos y negociar, de igual a igual, con otros países. Para ello, deberíamos, además, contar con un instituto de biodiversidad, con investigadores bio-médicos, expertos en patentes y abogados, asesorando y monitoreando nuestros conocimientos. Biopirateo, bioprospección y territorialidad son los puntos claves de la discusión sobre la propiedad intelectual. Adicionalmente, debemos estar alertas, rastrear, denunciar y demandar a quienes delinquen.
El Ecuador está tomando en serio la problemática y los laberintos legales de la propiedad intelectual. En la reunión sobre este tema, el IEPI (Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual) y el OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) trataron sobre las fórmulas que debemos adoptar los países como el nuestro para evitar el biopirateo y proteger nuestra megadiversidad, incluida la genética y la humana. La meta es tener una Ley de Conservación y Protección de los Conocimientos Colectivos, Saberes Ancestrales y Expresiones Culturales Tradicionales de Nacionalidades y Pueblos Indígenas, Montubios, Afroecuatorianos, y de Comunas y Comunidades del Ecuador.
“Los propios investigadores ingenuos, los pueblos engañados, transfieren datos valiosos”
“Hoy las naciones desarrolladas vienen a nuestros países, toman los recursos biológicos y genéticos asociados a los conocimientos tradicionales, van a las comunidades y piden información a cambio de nada y, en muchos de los casos, se llevan esos conocimientos y los patentan”. Así definió la biopiratería el representante del IEPI. Sabemos pues, de quiénes debemos protegernos. Y muchas veces los propios investigadores ingenuos, los pueblos engañados, las instituciones poco éticas, transfieren datos valiosos.La propiedad intelectual pretende que se establezcan sistemas de leyes que protejan las creaciones del intelecto humano; es decir, sobre los bienes intangibles (cambios basados en el conocimiento que generen valor). Una ley de propiedad intelectual debería otorgar derechos exclusivos de usufructo a su dueño natural, sin restricción de territorialidad y con un período de vigencia (ya existe de 20 años).El problema, desde la perspectiva de los investigadores de países como Ecuador, es que no hemos aprendido a vivir en un sistema de lucro de la propiedad intelectual (patentes, protección industrial, marcas registradas, etc.); somos presas fáciles de quienes sí saben hacerlo y aprovechan nuestra debilidad. El otorgamiento de derechos de exclusividad y la territorialidad sobre recursos biológicos y genéticos son mañosamente utilizados en función de ganancias financieras, en detrimento de la soberanía de los países. El sistema de protección de propiedad intelectual está organizado de forma perversa, con intríngulis legales complejos que ponen en desventaja a los pueblos pobres o sus conocimientos.Un producto patentado y obtenido por biopirateo debería ser sujeto de revocatoria inmediata de la patente e indemnizaciones. Debe replantearse la táctica de la territorialidad, por la cual, la propiedad intelectual puede ser patentable en un país, pero no en otro, llegando incluso a privar del uso del conocimiento al país originario de un determinado bien. Esto, aunque puede ser legal, es inmoral. La Ley y el conocimiento nos permitirán defendernos y negociar, de igual a igual, con otros países. Para ello, deberíamos, además, contar con un instituto de biodiversidad, con investigadores bio-médicos, expertos en patentes y abogados, asesorando y monitoreando nuestros conocimientos. Biopirateo, bioprospección y territorialidad son los puntos claves de la discusión sobre la propiedad intelectual. Adicionalmente, debemos estar alertas, rastrear, denunciar y demandar a quienes delinquen.
14/5/10
7/5/10
5/4/10
Conclusiones del VII Congreso Nacional-ESPAÑA
Conclusiones del VII Congreso Nacional de
Bioética «Bioética y con-ciencia»
http://www.aebioetica.org/rtf/conclucongr.pdf
Bioética «Bioética y con-ciencia»
http://www.aebioetica.org/rtf/conclucongr.pdf
27/3/10
CLASE 5. CUESTIONES BIOETICAS
Proxima clase 10 de abril.
Lectura libro: BIOETICA: Temas Humanisticos y Jurídicos, Autor: Fernando Cano Valle.
Documento Pdf entregado en clase.
Realizar comentarios en relación a cuestiones bioeticas.
Lectura libro: BIOETICA: Temas Humanisticos y Jurídicos, Autor: Fernando Cano Valle.
Documento Pdf entregado en clase.
Realizar comentarios en relación a cuestiones bioeticas.
21/3/10
LECTURA CLASE4
Links, para lectura clase 4. Principios bioéticos:
http://www.fisterra.com/formacion/bioetica/autonomia.asp#principios
http://www.secpre.org
PRINCIPIO DE LA UNIVERSALIDAD EN ÉTICA. TEXTO DE “VICTORIA CAMPS”. El principio de la universalidad en ética significa que la ética no admite excepciones a favor de nadie ni de ningún interés privado, el deber moral es algo que no ocurre con deberes o leyes de otro tipo cuyo único fundamento es la autoridad que los produce y los sanciona. Significa que la ética sólo puede y debe dar pautas y criterios generales, no respuestas claras y precisas a las perplejidades y dudas humanas, las cuales deben ser resueltas por cada cual, al ser el individuo moralmente autónomo. La universalidad no responde a nada real; es la representación indeterminada del entendimiento, producida por un acto reflejo suyo, después de conocido lo singular. Universal no es algo que convenga realmente a muchos, sino algo que se puede decir de muchos.
http://www.educared.net/universidad/asp_problemas/problemasvisualizar.asp?idAsignatura=6&idProblema=243
Pagina personal:
http://www.victoriacamps.es/
http://www.fisterra.com/formacion/bioetica/autonomia.asp#principios
http://www.secpre.org
PRINCIPIO DE LA UNIVERSALIDAD EN ÉTICA. TEXTO DE “VICTORIA CAMPS”. El principio de la universalidad en ética significa que la ética no admite excepciones a favor de nadie ni de ningún interés privado, el deber moral es algo que no ocurre con deberes o leyes de otro tipo cuyo único fundamento es la autoridad que los produce y los sanciona. Significa que la ética sólo puede y debe dar pautas y criterios generales, no respuestas claras y precisas a las perplejidades y dudas humanas, las cuales deben ser resueltas por cada cual, al ser el individuo moralmente autónomo. La universalidad no responde a nada real; es la representación indeterminada del entendimiento, producida por un acto reflejo suyo, después de conocido lo singular. Universal no es algo que convenga realmente a muchos, sino algo que se puede decir de muchos.
http://www.educared.net/universidad/asp_problemas/problemasvisualizar.asp?idAsignatura=6&idProblema=243
Pagina personal:
http://www.victoriacamps.es/
11/3/10
NUEVO MODULO BIOETICA
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INTELIGENCIA ARTIFICIAL JURIDICA
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